Alcances
El domingo 21 de julio, se publicó la Resolución de Superintendencia N° 000145-2024/SUNAT, mediante la cual se posterga al periodo de enero de 2025, la obligatoriedad del uso del SIRE para los contribuyentes del Régimen General del Impuesto a la Renta, que se encontraban obligados a su uso desde agosto de 2024.
¿Por qué se decidió la postergación?
Como en postergaciones anteriores, esta medida se toma para otorgar más tiempo a los contribuyentes para implementar adecuadamente el sistema, debido al volumen considerable de comprobantes de pago que manejan.
Se encuentran obligados a llevar el RVIE y el RCE a través del SIRE:
- A partir del período julio de 2023, aquellos 154 contribuyentes que están comprendidos en el Anexo N° 7 de la R.S. N° 112-2021/SUNAT.
- A partir de julio de 2023 hasta diciembre de 2024, aquellos sujetos que adquieran en esos periodos la obligación de llevar los Registros de Compras y Ventas e Ingresos en el SLE-PLE o SLE-Portal.
- Desde el período octubre de 2023, aquellos sujetos que, al 30 de setiembre de 2023, se encuentren obligados a llevar los Registros de Compras y Ventas e Ingresos en el SLE-PLE o el SLE-Portal y pertenezcan al Régimen Especial del Impuesto a la Renta (RER) o al Régimen MYPE Tributario y no estén comprendidos en los incisos a) y b).
- Desde agosto 2024, los sujetos que pertenezcan al Régimen Especial del Impuesto la Renta (RER) o al Régimen MYPE Tributario, y estén obligados a llevar los Registros de Compras y Ventas e Ingresos, y no estén comprendidos en los incisos a), b) y c).
- Desde enero 2025, aquellos sujetos que no estén comprendidos en los supuestos a), b), c) y d).
- Desde enero 2025, los sujetos que se encuentren obligados a llevar los Registros de Compras y Ventas e Ingresos, desde el primer día calendario del tercer mes siguiente a aquel en que adquieren dicha obligación o desde el período en que adquieran por elección la calidad de emisor electrónico.
En caso requiera más información o asesoría sobre este tema, puede comunicarse con: José Del Castillo Simón y/o Gonzalo Echevarría Mey.