El 28 de setiembre se publicó el Decreto Legislativo N° 1675, el cual modifica la Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones, introduciendo una serie de disposiciones principalmente centradas alrededor de la Vivienda de Interés Social (VIS) y la promoción de estos proyectos.
A continuación, presentamos las principales disposiciones:
- Se define al “Proyecto Integral” de edificación como el proyecto de habilitación urbana o de edificación que se desarrolla por etapas, de forma independiente en su ejecución y funcionamiento.
- Se establece la posibilidad de transferir licencias de habilitación urbana y de edificación en favor de terceros.
- Se establece que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento deberá promover el desarrollo de VIS de forma progresiva y con miras a reducir el déficit habitacional.
Del mismo modo, la norma pone fin a las controversias que se habían suscitado con anterioridad en relación a la interpretación de las normas que regulan la VIS, estableciendo un orden de prelación para su aplicación conforme se indica a continuación:
(i) La Ley N° 29090.
(ii) Los Reglamentos de la Ley N° 29090.
(iii) Normas de carácter local provincial.
(iv) Normas de carácter local distrital.
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