El 28 de setiembre se publicó el Decreto Legislativo N° 1679, el cual establece un Procedimiento Específico para la Recuperación Extrajudicial de Predios y/o Bienes Inmuebles que constituyen Patrimonio Cultural de la Nación que se encuentren afectados por ocupaciones ilegales.
Al respecto, presentamos los principales alcances de este nuevo procedimiento:
- El Procedimiento de Recuperación Extrajudicial deberá ser ejecutado por el Procurador Público del Ministerio de Cultura, en coordinación con la Policía Nacional del Perú (PNP) y es aplicable a todos los bienes inmuebles bajo su ámbito de competencia.
- La norma establece que, para efectos del Procedimiento, la PNP deberá prestar la asistencia necesaria para repeler y/o retirar las ocupaciones ilegales sobre estos bienes.
- Finalmente, se delega en los Gobiernos Locales y la PNP la responsabilidad de prevenir, proteger e impedir los daños, alteraciones y pérdidas en el Patrimonio Cultural de la Nación.
La presente norma será de aplicación inmediata a todos los casos de ocupaciones ilegales identificados que, a la fecha de su entrada en vigencia, afecten bienes inmuebles que integren el Patrimonio Cultural de la Nación.
Para más información o asesoría sobre este tema, puede comunicarse con: Angello Rivera.